Qui som?
PRINCIPIOS RECTORES:
CONCEPTO DE IGUALDAD:
La Igualdad entendida como un concepto que va más allá de la estricta y única equiparación de los modelos masculino y femenino, considerando lo femenino como riqueza (recurso ciudadano).
Es importante asimimo, establecer que la libertad individual de cada persona, así como la singularidad y pluralidad han de conformar una nueva visión más allá de “lo colectivo femenino”.
Las mujeres son seres completos, íntegramente, que no pretenden ser más ni menos que los hombres, sino simplemente mujeres, aceptando las diferencias, las cuales no han de conformar una barrera en la integración de ninguno de los dos géneros en la misma esfera social.
A través de las investigaciones sobre el género se ha demostrado que es variable en las distintas culturas y a lo largo del tiempo, se ha visto que las expectativas y normas de comportamiento para un sexo u otro en una misma sociedad cambian a través de la historia. Al ser una construcción social, el género es modificable, lo cual rompe con el intento de explicar la subordinación de las mujeres o el relegar a éstas al espacio doméstico por la vía de la naturalización,, estereotipo aún bastante vigente en la actualidad. Los estudios sobre el género nos enseñan que es la socialización en el sistema sexo-género la que hace que se considere a las mujeres más “aptas” para cierto tipo de tareas.
MARCO LEGISLATIVO DE IMPULSO DEL CONCEPTO:
Desde que se creara, en 1983, el Instituto de la Mujer, han sido numerosos los avances que han ido enriqueciendo nuestra sociedad. La igualdad lleva 25 años constituyendo un objetivo institucional, contemplado asimismo como principio jurídico internacional.
Se han dado importantes avances tanto en el marco de la Unión Europea como a través de las Plataformas de Acción de las Naciones Unidas. En España, además, la incorporación a escala institucional del concepto de Igualdad y su promoción, han dado lugar a la creación de una Secretaría General de Políticas para la Igualdad; el establecinimeto de medidas oportunas en la vida política y empresarial para la deseable paridad; y el nacimiento del Ministerio de Igualdad, que se contempla como la materialización de un deseo común por el que ya se ha comenzado a trabajar: la igualdad real en todas las vertientes de la vida de las personas.
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN REAL:
No obstante, la brecha entre la igualdad legal y la igualdad real hace necesario que se ejecuten políticas públicas orientadas a garantizar este principio universal. En este sentido, La Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres establece el fundamento jurídico necesario. Su aplicación requiere la creación de un Plan Estratégico.
Los 10 estados con mayor igualdad entre hombres y mujeres son, por este orden:
1. Suecia,
2. Noruega,
3. Islandia,
4. Dinamarca,
5. Finlandia,
6. Nueva Zelanda,
7. Canadá,
8. Reino Unido,
9. Alemania y
10. Australia.
De 58 países, España ocupa el puesto 27 en la clasificación general, y si sólo se tienen en cuenta los 30 países de la OCDE se encuentra en el lugar 22.
ANTECEDENTES:
Desde hace unos años, y especialmente desde el Foro de Porto Alegre, un nuevo (o no tan nuevo) modelo político para la sociedad civil ha entrado en escena. Es el modelo de la democracia participativa, que pretende que los movimientos sociales pongan en la agenda de las sociedades actuales una dinámica política de carácter democrático que vaya más allá de los mecanismos formales de representación a través de partidos políticos.
Su propuesta va en la dirección de una mayor intervención de la ciudadanía en los asuntos públicos (no sólo en las elecciones), opinando y decidiendo, a través de las asociaciones, en consejos de participación, audiencias públicas, asambleas, consultas y referéndum, etc.
Se trata de profundizar en la participación, apuntando a una gestión de los asuntos públicos que pase por las manos de la sociedad civil. La idea que más se oye en los planteamientos de la democracia participativa en cuanto a gestión de la política es la de la “co-gestión”, o gestión a partes iguales del Estado entre políticos profesionales y movimientos ciudadanos. Se trata de presionar a la clase política para que ceda poder real a la gente común, y que ésta pueda intervenir continuamente en las decisiones que se toman desde los centros de poder.
Las Mujeres han quedado tradicionalmente relegadas a la Esfera de lo Doméstico, siendo excluidas de su participación en los asuntos públicos.
Las relaciones de vecindad y de familiaridad son las únicas que se les han reconocido a las mujeres como propias, por lo menos hasta el momento en que se han ido incorporando al mercado laboral.
Aún así, la mayoría de las actividades ciudadanas (reuniones, manifestaciones, actividades políticas, de AMPAS…) se realizan fuera de los horarios laborales, tiempo que suelen aprovechar las mujeres para realizar tareas domésticas, el cuidado de hijos/as, etc.
Si ya de por sí, la ciudadanía española ha sido poco participativa, debido en parte a la falta de tradición democrática de nuestro país durante muchos años, y también por el carácter individualista de nuestra población… en el caso de las Mujeres esta situación se acrecienta.
Esta falta de práctica general de la población española sólo ha sido compensada por la participación en organizaciones y temas sociales a través del Voluntariado. Ello ha provocado que en muchas ocasiones se confunda la participación ciudadana con él.
OBJETIVOS:
MIXT pretende constituir una herramienta efectiva para la proposición y aplicación real de parámetros igualitarios en todas las vertientes sociales y de la vida pública de la ciudad de Sagunto.
Promover que exista el debido compromiso institucional que plantee cumplir un conjunto de objetivos que eliminen o que disminuyan posibles desigualdades de género en la institución local e incluso en cualquier organización municipal, o empresa, y que facilite que todos sus miembros, independientemente de su sexo, puedan desarrollar el potencial profesional que tienen.
Proponer y participar en la elaboración de un Plan de Igualdad para la ciudad de Sagunto, para lo cual ha de realizarse un Diagnóstico de Situación.
HISTORIA: el papel de la mujer en España
Aunque hoy día nos parece habitual hablar de igualdad, e incluso las mujeres de países desarrollados encontramos déficit donde las mujeres del tercer y cuarto mundos no encuentran ni respeto por sus más elementales derechos humanos, hay que señalar que para descubrir españolas en el poder habría que trasladarse al reinado de los Reyes Católicos y, en concreto, al mandato de Isabel de Castilla, impulsora de la creación de España como nación cristiana y de los viajes de Cristóbal Colón, que acabaron finalmente con la conquista de América en 1492.
Trescientos cincuenta años después, su tocaya, Isabel II, coronada reina de España en 1843 con apenas 13 años de edad, ha trascendido más en la Historia por sus relaciones amorosas que por modernizar el país y evitar las luchas fraticidas entre liberales y conservadores.
Estas luchas acabaron con su abdicación en 1870 en favor de su hijo Alfonso XII y precipitó la descomposición del país que provocaría según algunos expertos el estallido de la guerra civil en 1936.
Al reinado de las dos Isabeles, dos gotas femeninas en un océano masculino, se unen por su condición de líderes de masas Victoria Kent, Clara Campoamor (defensoras del derecho a voto de las mujeres) y Dolores Ibárruri, alias La Pasionaria, que fue presidenta del Partido Comunista de España hasta su muerte, en 1989.
La Pasionaria fue la autora del No Pasarán, que gritó cuando las tropas franquistas asediaban el Madrid republicano y que se universalizó como lema y símbolo de la resistencia al totalitarismo; mientras que la abogada Kent fue la primera mujer en el mundo que defendió un caso ante un Tribunal Supremo —y que además ganó—, y compartió junto con la feminista Clara Campoamor el honor de ser las primeras españolas elegidas diputadas, en 1931.
La desaparición de la mujer de cualquier centro de decisión en los 40 años de régimen franquista y su completa sumisión al hombre empezó a resquebrajarse con la reinstauración de la democracia.
En 1978 se despenaliza el uso de anticonceptivos y tres años más tarde se aprueba la ley del divorcio. Bajo el mandato del socialista Felipe González (1982-1996) se aprueba la primera ley de despenalización del aborto y se aprueba un polémico tope mínimo de 25 % de mujeres en la Cámara de Diputados.
Durante el gobierno del conservador José María Aznar (1996-2004) se produce un salto cualitativo en la feminización de la política, al ser elegidas dos mujeres como presidentas del Congreso —Luisa Fernanda Rudi— y del Senado —Esperanza Aguirre—. Esta última ganó, además, en 2003 las elecciones en la Comunidad de Madrid, y es, desde entonces, la primera mujer gobernadora de lo que equivaldría a un estado mexicano.
Auténtica evolución. Pero es bajo el gobierno socialista presidido por José Luis Rodríguez Zapatero cuando se puede hablar de auténtica revolución femenina. Tras nombrar como vicepresidenta a María Teresa Fernández de la Vega, quien durante la visita de Zapatero a la Cumbre de Guadalajara, protagonizó un acontecimiento histórico al convertirse en la primera mujer que gobierna, aunque interinamente, España.
Zapatero, quien durante su investidura prometió que sería la de la normalización plena de los derechos de las mujeres, hizo también historia al designar un gobierno mitad de ministros y mitad de ministras, porcentaje sólo comparable a lo que sucede en las democracias nórdicas. Nombró también a una mujer, Carmen Caffarel, para dirigir el influyente canal público Televisión Española.
Otra de las promesas del nuevo mandatario es abolir la ley que beneficia al varón sobre la mujer en la sucesión al Trono de España.
La elección de la juez progresista María Emilia Casas Baamonde como nueva presidenta del Tribunal Constitucional viene, por tanto, a confirmar esta feminización del espectro político español, aunque queda la gran asignatura pendiente: la elección de una mujer como futura presidenta del gobierno de España.
DECLARACIONES: Citas por la igualdad.
“Para evitar una situación que vaya de mal en peor, las sociedades actuales deben someter a debate su futuro y las opciones posibles y las prioridades. Esto implica que tengamos en cuenta antes el significado que el significante, y que se deben regenerar los valores morales, éticos y humanos, antes que los económicos. (Michel Beaud: Profesor de Economía en la Universidad de París VII- Jussieu – Le Monde, 6 de septiembre de 1994).
“Las mujeres prestan atención a cómo las cosas funcionan en realidad. Por ejemplo, cuando hay que diseñar espacios para los peatones, suelo ir y ver por mi misma que es lo que está pasando. La mayoría de las veces, los ingenieros son hombres y tienden a pensar en zapatos para hombres. Si la ciudad tiene que ser accesible y agradable para todo el mundo, ¿por qué entonces, debe recordarse que las mujeres no siempre calzan zapatos sin tacón? Si los pavimentos están bien diseñados, esto también significa que el discapacitado pueda moverse libremente sin tropezar en superficies desniveladas o en otros peligros. Lo que yo trato de lograr a nivel político es comenzar por las situaciones actuales diarias. La situación de la mujer es importante para mi es ese sentido, es decir, en la variedad de temas en los que está implicada”
“No es suficiente demandar equidad e igualdad, debemos salir y obtenerla, y la mujeres están en ello. Creo que esto es muy importante porque estoy convencida de que las mujeres en su forma de trabajar en la política, siempre buscan soluciones alternativas mas que luchar por el poder” (Catherine Trautmann, Alcaldesa de Estrasburgo, entrevistada por Verónique Degraef, 1994).
“Admitiendo que el ser mujer es una categoría general se debería animar a cada mujer a expresar su naturaleza individual. Y esta expresión ya no es “masculina” ni “femenina”, no puede generalizarse, es única e incomparable; y sólo como tal es una innovación, una contribución potencial a una civilización lúcida, muy consciente de su limitaciones” (Julia Kristeva – Les Cahiers du Grif – Groupe de Recherche et d’Informations Féministes – 1975).
INMIGRACIÓN: La mujer, doblemente discriminada
La mujer que reside en otro país es objeto de doble discriminación por el hecho de ser mujer y ser inmigrante.
Decía Simone de Beauvoir que, en la mayoría de las culturas, las mujeres están acostumbradas a asumir el “papel del otro”, a “empatizar”, a adaptarse a las necesidades o a las circunstancias. Mientras que muchos hombres que llegan a los países de acogida viven este cambio como traumático por ver peligrar los privilegios o el poder social del que gozaban en su lugar de origen.
Las mujeres están más capacitadas para adaptarse a su nuevo entorno y consecuentemente, si se les brinda la oportunidad de hacerlo, aprenderán con más facilidad.
La mayor disposición de las mujeres a incorporarse a la cultura mayoritaria del país de destino no se hace, sin embargo, sin que experimenten un sentimiento de identidad dual.
Si es verdad la aserción que afirma que somos tantas personas como idiomas hablamos, podríamos hacer extensivo ese razonamiento a los países en los que vivimos o hemos vivido. Nos encontraríamos así ante una identidad cultural flexible, multicultural y enriquecedora. Las personas que hemos cambiado de país por una razón u otra y nos hemos establecido en lugares distintos a nuestros lugares de origen, hemos experimentado un proceso de transculturación.
Parafraseando en clave de humor a Francisco Gavilán en su Guía de malas costumbres españolas, la persona que llega a España -o a cualquier país de destino-, experimenta un proceso de fascinación, por el que se queda deslumbrada, luego de desesperación en el que se siente más extranjera que nunca y al final, de hispanización – o de valoración- que es cuando estima objetivamente las virtudes y los defectos del país en comparación con el suyo. Extrapolar esta valoración a la percepción que pueda tener una mujer inmigrante es sin duda muy atrevido, sin embargo en la formación de su nueva identidad dual, intervendrán probablemente alguno de esos factores.
Con demasiada frecuencia constatamos que las mujeres inmigrantes en Europa reproducen en los primeros años de su estancia la forma de vida que llevaban en sus países de origen.
Eso es debido, en gran parte, a una escolarización a veces insuficiente y otras veces nula, que las hace depender de sus familiares varones para todo lo relacionado con el espacio público: carencias en la competencia lectora, desconocimiento del idioma del país de acogida, aprensión ante parámetros culturales que suponen un replanteamiento de sus valores tradicionales, sociedades europeas cuya rentabilidad pasa por el individualismo frente a las sociedades de origen más solidarias, etc.
Si las condiciones de acomodación de las personas de origen inmigrante son deficientes, como ocurre en la mayoría de los países europeos, pueden producirse situaciones de aislamiento dentro del propio grupo cultural. Si se originan en aquellos grupos en los que la cultura es claramente patriarcal, por tradición religiosa por ejemplo, se corre el peligro de volver a la reclusión de las mujeres en el espacio privado, trasladando de esta manera al país de acogida los modelos de discriminación que ya vivía en su país de origen.
Por citar un ejemplo europeo, en los primeros años de la inmigración magrebí y turca en Bélgica, por ejemplo, era habitual que las mujeres reprodujeran su modo de vida, sin entrar en contacto con la sociedad de acogida, para nada. Muchas mujeres procedentes de zonas rurales, eran analfabetas en su propia lengua y a veces incluso apenas hablaban un dialecto de su región. En estas condiciones, les era imposible comunicarse no sólo con sus vecinas europeas sino que también entre personas de origen similar, la relación era improbable. Dependían por lo tanto de sus compañeros para todo lo relacionado con la vida cotidiana y los asuntos legales.
Afortunadamente, gracias a campañas de sensibilización y al propio incremento de personas inmigrantes, la organización de centros de formación, de alfabetización y de enseñanza de la lengua del país de acogida han favorecido la participación de las mujeres inmigrantes que han promovido redes de apoyo en los barrios, en los movimientos asociativos, en las escuelas de adultos, etc.
ANEXO A Marco legal
El marco general para analizar la igualdad de oportunidades en nuestro país es la Constitución de 1978, que concreta en su artículo 1.1 los valores superiores del ordenamiento jurídico español en la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo político.
Se trata de principios generales del Derecho y, por tanto, según la doctrina mayoritaria, principios informadores de todo el ordenamiento jurídico y, además, con fuerza normativa, según interpretación del Tribunal Constitucional.
Esto supone que, aunque el planteamiento de la igualdad se lleva a cabo de forma genérica, la igualdad debe interpretarse como elemento transversal de todo el ordenamiento jurídico. La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, se perfila sobre la base de los siguientes preceptos constitucionales:
9.2 Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
10.1 La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
10.2 Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
14 Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
23.1 Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
23.2 Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
27.1 Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
32.1 El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
32.2 La Ley regulará las formas de matrimonio, la edad y la capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos”.
35.1 Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión y oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de su sexo.
39.1 Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
39.2 Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio durante su minoría de edad y en los demás casos que legalmente proceda.
139.1 Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
149.1 El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales
Se han intensificado las políticas, programas y actuaciones para propiciar una participación igualitaria de las mujeres en la sociedad y garantizar no sólo la igualdad formal, sino también la igualdad real.
En este sentido, puede destacarse el trabajo desarrollado por diferentes instituciones, organismos y organizaciones.
Así, el Defensor del Pueblo, junto con el Tribunal Constitucional, es uno de los órganos que velan por el cumplimiento de los mandatos contenidos en la Norma Fundamental. Definido como Alto Comisionado de las Cortes Generales es designado por éstas para la defensa de los derechos fundamentales entre los que se encuentra el derecho a la igualdad.
Anualmente, presenta ante las Cortes Generales un informe sobre su actuación. Cabe destacar del último presentado su preocupación por la violencia que sufren las mujeres; el impago de las pensiones, principalmente cuando hay menores; la situación de las mujeres presas; la problemática de las mujeres inmigrantes, etc.
El desarrollo del Estado autonómico establecido constitucionalmente ha configurado una red de Instituciones autonómicas similares al Defensor del Pueblo que tienen igual función, pero circunscrita a su propio territorio.
La organización territorial del Estado español que se concreta en la existencia de municipios, provincias y Comunidades Autónomas, es importante para analizar la distribución de competencias en matera de igualdad de oportunidades.
Entre las competencias que se integran en los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas, el artículo 148.1.20 de la Constitución recoge la “asistencia social” de la que forma parte la igualdad de oportunidades.
Sobre la base de dichas competencias, en la actualidad las diecisiete Comunidades Autónomas cuentan con mecanismos de igualdad de oportunidades en sus respectivos ámbitos territoriales.
En cuanto a la Administración Local, de acuerdo con la normativa vigente, los municipios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas, en particular, las relativas a la promoción de la mujer. Los municipios con más de 20.000 habitantes, por sí mismos o asociados, deberán llevar a cabo, en todo caso, la prestación de servicios sociales.
En el ámbito de la Administración del Estado, las competencias sobre asuntos sociales han sido transferidas a las Comunidades Autónomas, si bien el Estado ostenta una serie de competencias exclusivas, entre las que se encuentran la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, la legislación en algunos ámbitos y las relaciones internacionales.
Teniendo en cuenta este referente legal, el Instituto de la Mujer, creado en 1983, es el organismo autónomo competente para la promoción y fomento de la igualdad de oportunidades con el fin de conseguir las condiciones necesarias que posibiliten la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica y social.
Este organismo vigila la adecuación de las normas al principio de igualdad, mediante la evacuación de los informes pertinentes a los proyectos de leyes y normas de inferior rango. También interesa destacar la tramitación en vía administrativa de las denuncias presentadas ante el Instituto por parte de las mujeres, referidas a casos concretos de discriminación de hecho o de derecho por razón de sexo.
El Instituto de la Mujer cuenta con un Consejo Rector para la coordinación de las políticas de igualdad con los distintos Departamentos Ministeriales y en el que existe también representación de ONG relevantes en distintos ámbitos y de los sindicatos mayoritarios.
Desde la aprobación del Real Decreto 1910/1999, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social, el Instituto de la Mujer, a través de su Directora General, forma parte de este órgano de impulso de la política de cooperación entre la Administración y la sociedad civil en el desarrollo de la política social.
La coordinación con las Comunidades Autónomas se articula a través de la Conferencia Sectorial de la Mujer existente desde 1995. Se trata de un órgano de encuentro y deliberación que tiene como finalidad primordial conseguir la máxima coherencia en la determinación y aplicación de las políticas de igualdad definidas por la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.
Otro importante mecanismo de colaboración entre la Administración del Estado, las Comunidades autónomas y las Corporaciones Locales son los Convenios de Colaboración.
En el último ejercicio analizado, el Instituto de la Mujer ha firmado este tipo de convenios con todas las Comunidades Autónomas (excepto País Vasco y Navarra) para la cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a mujeres: estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo; cursos de formación dirigidos a mejorar la cualificación de las mujeres; adaptar su formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación y proporcionar formación especializada; y, finalmente, para inversiones en proyectos de obras de acondicionamiento y/o equipamiento de Centros para mujeres, dando prioridad a proyectos destinados a centros de acogida para mujeres víctimas de violencia.
Durante este período, han seguido aumentando los departamentos dependientes de Diputaciones y Ayuntamientos dirigidos a las mujeres ofertándoles asesoramiento y/o recursos en el ámbito social. La cooperación en este ámbito se ha realizado a través de los Convenios de colaboración entre las administraciones locales y el propio Instituto de la Mujer. De este modo, durante el último año, el Instituto de la Mujer ha firmado 129 Convenios con ayuntamientos para el acondicionamiento y equipamiento de servicios de información para mujeres.
Avance de la mujer y garantía del ejercicio de los derechos humanos: Desde el Instituto de la Mujer se impulsan medidas que contribuyen a eliminar las discriminaciones contra la mujer, concretadas, fundamentalmente, en los cuatro Planes de Igualdad de Oportunidades, los Planes de Acción para el Empleo del Reino de España, de carácter anual, y los dos Planes contra la Violencia, pero también en el Plan de Formación Profesional, el Plan Integral de Apoyo a la Familia, el Plan de Inclusión Social, etc. en los que se comprometen para su ejecución diferentes departamentos ministeriales y que desarrollan políticas de igualdad de oportunidades.
Según la Síntesis de resultados de la evaluación del III Plan Para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (1997-2000), publicada por el Instituto de la Mujer, de las 192 actuaciones que contenía el PIOM, se han puesto en marcha 189; en unos casos pueden considerarse plenamente cumplidas, y en otros continúan su proceso de realización.
Durante el período objeto del Informe de la CEDAW, España ha ratificado numerosos Convenios internacionales que se han integrado en el ordenamiento interno. Éstos han sido:
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecho en Roma el 17 de junio de 1998. Instrumento de ratificación, de 25 de octubre de 2000.
Protocolo facultativo de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Instrumento de ratificación, de 29 de junio de 2001. Depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el 6 de julio de 2001. Entró en vigor para España el 6 de octubre de 2001. En el grupo de trabajo creado para la elaboración del Protocolo facultativo, cabe destacar la participación de un experto designado por el Instituto de la Mujer.
Con el fin de difundir entre la población la importancia de los nuevos mecanismos de garantía de los derechos de las mujeres y el papel que a partir de la ratificación van a tener tanto los particulares como las ONG´s, el Instituto de la Mujer, además de ofrecer a través de su página WEB amplia información, editó un Boletín bajo el título “Un acontecimiento histórico para el avance de la mujer: entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” y organizó un Seminario de difusión.
Protocolo Adicional a la Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1988. Instrumento de ratificación, de 7 de enero de 2000. Entró en vigor para España el 23 de febrero de 2000.
Convenio Europeo sobre Indemnización a las víctimas de delitos violentos, hecho en Estrasburgo el 24 de Noviembre de 1983. Instrumento de ratificación, de 20 de octubre de 2001.
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños en la pornografía. Instrumento de ratificación, de 5 de diciembre de 2001, depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2001. Entró en vigor para España el 18 de enero de 2002.
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Instrumento de ratificación, de 1 de marzo de 2002. Depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el 8 de marzo de 2002. Entró en vigor para España el 8 de abril de 2002.
En relación con la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, hecha en Nueva York el 15 de noviembre de 2001, así como los dos Protocolos anejos, contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire y para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, ha concluido la obligada tramitación en las Cortes Generales y se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En relación con la protección jurídica de los derechos la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ha establecido para los derechos fundamentales que los procesos correspondientes se sustancien por un cauce procedimental, de tramitación preferente, el de los juicios ordinarios, con demanda y contestación por escrito, seguidas de vista y sentencia, más rápido que el establecido por la Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de 1978.
Campañas Publicitarias institucionales en torno a la Igualdad
Estas Campañas se constituyen, asimismo, como un medio idóneo para la modificación de los patrones socioculturales. Las principales Campañas realizadas desde 1999, han sido las siguientes:
“Participación Social de las Mujeres” llevada a cabo en la radio, prensa escrita y revistas, del 14 al 29 de Enero de 1999, para fomentar y consolidar la participación social de las mujeres en todas las esferas de la vida política, sindical y económica, en las organizaciones y asociaciones, consejos escolares etc.
“8 de Marzo, Día Internacional de las Mujeres” Realizada en los años 1999, 2000, 2001 y 200, con el fin de conmemorar ese día.
“Si ocultas la verdad, nadie sabrá que necesitas ayuda”. Del 27 de Septiembre al 17 de Octubre de 1999. Dirigida a sensibilizar a las víctimas de la violencia doméstica con el fin de que se informen sobre las ayudas con las que pueden contar, poniendo de relieve los recursos asistenciales existentes.
Se desarrolló en Televisión, Radio, Prensa, Revistas femeninas, Revistas de Medicina, Revistas jurídicas, Cabinas telefónicas, Revistas para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Revistas de la Policía y Guardia Civil, Revista Municipal y Revistas del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
“Los recursos humanos desde la perspectiva de la igualdad de oportunidades”. Inserciones publicitarias en diarios económicos, destinadas a dar a conocer el seminario con igual título, que tuvo lugar en Madrid, los días 27 y 28 de Septiembre de 1999.
“La violencia contra las mujeres nos duele a todos, nos duele a todas”. Se desarrolló entre el 8 y el 28 de Noviembre de 2000 para poner de manifiesto el problema de la violencia doméstica, su magnitud en cuanto a la extensión del problema y en cuanto a los daños y efectos que provoca en el ámbito familiar. Realizada en Televisión, Radio, Prensa, RENFE, Diarios, Revistas y Mobiliario urbano de RENFE.
Campaña “Programa Optima”, del 15 de Octubre al 15 de Noviembre de 1997, con el objetivo de dar a conocer el Programa Optima y a las empresas participantes hasta el momento. Desarrollada en prensa a través de diarios y revistas de información general y económica.
Inserciones Publicitarias con motivo de la Jornada “Retos y Oportunidades de las empresas”.
“Trabajo y Familia, cada vez más compatibles”. Tuvo lugar en el segundo trimestre de 2001, durante un periodo de 30 días, realizándose a través de la radio, prensa, edición de folletos informativos, con una tirada de 60.000 ejemplares; Revistas Sindicales y empresariales.
“Recupera tu vida. Habla” El objetivo iba dirigido a incrementar la confianza de las mujeres víctimas de los malos tratos, animándolas a romper el silencio y aislamiento en que se encuentran, facilitándolas asimismo información sobre la asistencia especializada. Tuvo lugar entre el 23 de Noviembre de 2001 al 12 de Diciembre, a través de la Prensa, Radio y Televisión.
Campaña publicitaria anual del Ministerio de Defensa para la divulgación del nuevo modelo de Fuerzas Armadas, destinada a jóvenes de ambos sexos y a potenciar la presencia de la mujer.
OBSERVATORIO DE LA IGUALDAD
El Observatorio de la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres se creó mediante el Real Decreto 1686/2000, de 6 de Octubre, en cumplimiento de una de las actuaciones del III Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres 1997-2000.
Tiene como finalidad poder hacer un diagnóstico fiable y válido sobre los avances en igualdad de oportunidades y consecuentemente evaluar las políticas planeadas con ese fin. Se trata de trabajar con un sistema de indicadores que permita valorar si las actuaciones propuestas en los Planes de Igualdad producen los efectos deseados, así como diseñar futuras políticas.


